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jueves, 29 de junio de 2017

COMENTARIO SOBRE EL PREFACIO Y LA INTRODUCCIÓN DE LA CRÍTICA DEL JUICIO DE KANT

Immanuel Kant nace en 1724 en la ciudad prusiana de Königsberg, y fallece en 1804 en la misma ciudad. Crece y se educa dentro de la Ilustración, donde la razón es liberada de cualquier tutela política o religiosa  y se usa para explicar la realidad sin tener en cuenta la religión. Políticamente predomina el despotismo ilustrado,  y Prusia goza de años de prosperidad bajo el trono de Federico II el Grande y de su hijo, Federico Guillermo II. Newton fallece cuando Kant era casi un recién nacido, pero le sigue una época de enormes avances científicos, toda vez que la ciencia se ha liberado de la tutela de la Iglesia. En el plano filosófico Kant bebe de las fuentes del racionalismo y del empirismo, que dominan las ideas ilustradas de la sociedad del siglo xviii, tanto en lo moral, en lo político, en lo científico como en lo religioso.
En cuanto al cuestionamiento que de la belleza habían hecho los representantes de estas corrientes, el racionalismo se basaba en la racionalización del pensamiento que había hecho Descartes en el siglo xvii, quien había puesto las bases de una estética basada en la razón y en las normas de la naturaleza, estableciendo una separación radical entre la razón y la pasión. Toda estética racionalista era objetivista y defendía que lo bello era cuantificable y se podía reglamentar. Solo se podía llegar a la verdad a través de un método de conocimiento, de la misma manera que el artista no podía llegar a la belleza si no era siguiendo el método artístico establecido, lo que daba a entender que verdad y belleza eran diferentes expresiones de una misma cosa. La insistencia de Descartes en la metodología científica para llegar a la verdad y la importancia que otorgaba a la razón frente a los sentidos fueron sus grandes aportaciones: «la belleza se piensa, se puede medir y someter a argumentos». La otra gran corriente que, junto con el racionalismo, sería la base de la Ilustración y que tuvo influencia en el pensamiento kantiano, fue el empirismo. Uno de los cambios fundamentales de esta corriente fue considerar que la belleza no se relacionaba con ideas abstractas, sino con el sentimiento: «Se considerará bello todo aquello que genere un sentimiento de placer fundado en el apego o amor que produce, y no ya en la idea de terror como en el caso de lo sublime», como sugirió Burke, y para el cual, las propiedades de los objetos que se considerasen bellos debían ser completamente aprehensibles por los sentidos. Es muy importante la separación que hizo este autor entre el ámbito del objeto y del sujeto. Otros autores, como Hume, habían dicho que la belleza existía tan solo en la mente que la contemplaba y que cada mente percibía una belleza distinta; incluso Hobbes llegó a decir que belleza es todo aquello que con su aspecto nos promete el bien. Kant, influido por esas ideas, creó una forma propia de tratar la belleza, la cual proponía que los objetos podían ser juzgados bellos cuando satisfacían un deseo desinteresado que no implicara intereses o necesidades personales. Además, para Kant, el objeto bello no tenía propósito específico y los juicios de belleza no eran expresiones de las simples preferencias personales sino que eran universales.
Kant llama a su pensamiento «Filosofía Trascendental», entendiendo por tal el examen al que hay que someter a la razón humana para indagar las condiciones que hacen posible el conocimiento a priori, a la vez que se plantea cómo son posibles los juicios sintéticos a priori, incluso cómo es posible la naturaleza. Su planteamiento establece que todo conocimiento exige la existencia de dos elementos: un objeto de conocimiento y el sujeto mismo cognoscente. Kant basará sus principios filosóficos en analogía a la revolución copernicana, y, mientras los filósofos precedentes —racionalistas y empiristas—, habían puesto el acento en el objeto de conocimiento, Kant pondrá el acento en el sujeto que conoce y, en lugar de estudiar los objetos, focalizará sus estudios en las estructuras humanas, que son las que hacen posible captar dichos objetos. Kant defiende que el hombre tiene un a priori teleológico, es decir, unas estructuras que no dependen de la experiencia y que las tiene el ser humano por ser tal. Para reflexionar sobre estos temas escribirá la Crítica de la razón pura (1781), que será el primer pilar de su gran obra.
En esta primera Crítica, Kant establece como criterios a priori de la sensibilidad el espacio y el tiempo, lo que implica que no podemos tener experiencia alguna de esos dos conceptos, más bien al contrario, el espacio y el tiempo son unos a priori de la sensibilidad humana, y son ellos precisamente los que nos permiten tener algún tipo de experiencia. Lo que hace la imaginación es captar las intuiciones y transformarlas en fenómenos, mientras que el sentimiento organiza la materia que ofrece la imaginación y los sitúa bajo conceptos a priori, cuyo reflejo se materializa en las categorías kantianas. En el último nivel de conocimiento, la razón intenta dar forma bajo tres ideas regulativas: la idea de mundo, la de dios y la de razón, que, según Kant, mantienen la humanidad en marcha. La conclusión de esta Crítica es que el hombre no puede utilizar el conocimiento para hablar de dios, del mundo o de él mismo como si fuesen objetos de la experiencia, sino que existen unas estructuras cognitivas (a priori), que son comunes a todos los humanos.
En su segunda Crítica (Crítica de la razón práctica. 1788), Kant también busca unos a priori, algo común y universal por los que regirse y organizarse en la experiencia moral. Pero en ese caso no encuentra dichos universales, por eso se dice que así como en la primera Crítica encontró el reino de la necesidad, en la segunda encuentra el reino de la libertad. Por tanto, al no descubrir a priori alguno, nos da uno, su imperativo categórico: «Obra solo según aquella máxima por la cual puedas querer que al mismo tiempo se convierta en ley universal».
En la primera Crítica, Kant había establecido unos a priori universales que podían explicar el conocimiento, mientras que en la segunda, tal como afirma Sergio Givone, «exigía para los contenidos de la experiencia moral un certeza no menos absoluta de la que posee la ciencia a nivel fenoménico» (Givone 1999: 38). Pero se había dado cuenta de que establecemos conceptos sobre lo sensible para clasificarlo, y esto supone un a priori inapreciable que Kant creía haber descubierto, pero para explicarlo necesitó una tercera Crítica, la Crítica del juicio (1790), con la cual cobraran sentido las dos anteriores y formarán un grupo homogéneo y sólido de ideas que recibirán nombre al «criticismo».
La Crítica del juicio se compone de un prólogo o prefacio y una introducción compuesta por nueve secciones. Ambos textos son el objeto de los comentarios que a continuación se exponen. El resto de la obra se divide en dos partes: «La Crítica del juicio estético» y «La Crítica del juicio teleológico», con sus correspondientes libros y secciones, que no se tratan en este trabajo.
Cabe llamar razón pura a la capacidad cognoscitiva por principios a priori, y al examen tanto de su posibilidad como de sus límites cabe llamarlo «Crítica de la razón pura» […] Igual que a la razón, que no alberga principios constitutivos a priori, sino con respecto a la capacidad de desear, le fue indicado su dominio en la «Crítica de la razón práctica» […] La presente «Crítica del juicio» se ocupa de averiguar si el juicio, que supone un término intermedio entre la razón y el entendimiento, posee también de suyo principios a priori y si estos son constitutivos o simplemente regulativos. (Kant 2003: 109-110, Biii-Bvi).
Kant empieza reconociendo un error en el planteamiento de su filosofía. Cuando terminó su primera Crítica —basada sobre el sistema físico-matemático de Newton—, pensaba que sería suficiente para explicar todo su sistema filosófico, pero al analizar lo que había dejado fuera del campo del entendimiento y que no cabía en la ciencia, ya fueran ideas regulativas, libertad, moral, fantasías, quimeras, etc., tuvo que aplicarse y poner orden a todo lo que había dejado fuera, escribiendo su segunda Crítica. En el prefacio —y en el texto seleccionado— se refiere a lo demostrado hasta ese momento, y realiza un pliego de intenciones en cuanto a lo que va a hacer a partir de lo hecho, dado que se ha abierto un abismo entre lo teórico y lo práctico, es decir, ha sistematizado la ciencia y la moral, pero le falta algo, detecta un problema en su sistema que intenta resolver en esta tercera Crítica. Hasta el momento ha sistematizado la ciencia y la moral y, mientras que a la primera le corresponde el concepto de naturaleza, a la segunda le corresponde el concepto de libertad. Por naturaleza entiende lo que hay de naturaleza en el hombre, es decir, el entendimiento, las categorías, la necesidad, etc.; pero en la moral hay un concepto de libertad que resulta opuesto al anterior (necesidad frente a libertad). Cuando habla de libertad, observa tan libre al ser humano que tiene que administrarse leyes él mismo por lo que se impone el imperativo categórico, que actúa como una categoría sobre el fenómeno moral, como si fuera un a priori pero sin serlo. En ese momento, Kant tiene dividido su sistema entre dos esferas totalmente opuestas y necesita unirlas. La tercera Crítica detentará esta función: unir el mundo de la libertad y el de la necesidad bajo un mismo sistema. Por lo tanto, no está orientada a analizar la naturaleza concreta del arte y la belleza, simplemente los utiliza para «demostrar que no tienen nada que ver con la verdad, porque la belleza es ‘apariencia’, es decir, guarda relación […] con nuestra reacción subjetiva al acto de percibirlos», en consecuencia, el arte será entendido por Kant como un ‘juego’ que «expresa el libre y armónico ejercicio de las facultades independientemente del hecho de estar dirigidas a un fin» (Givone 1999: 37). En definitiva, Kant hace un análisis de la capacidad de juzgar, porque en esa capacidad puede que exista un a priori, algo universal que ha obviado y que sirva para unificar sus principios regulativos a la razón y los del entendimiento. Por eso, situará a la Crítica del juicio y su facultad de juzgar o discernir en medio de las otras dos, puesto que esa facultad interviene tanto en el entendimiento como en la razón, en consecuencia, debe existir un principio a priori que afecte por igual a esas dos facultades. Si lo encuentra, tendrá su sistema acabado.
En la Introducción nos explica, en ocho secciones, los pasos que ha seguido para unir los dos ámbitos, y una novena en la que confirma el «enlace de la legislación del entendimiento y de la razón por medio del juicio». (Kant 2003: 8).
En la sección i, «Sobre la división de la filosofía», empieza diciendo:

Se procede con entera corrección cuando se divide a la filosofía en teórica y práctica, tal como suele hacerse, en cuanto contiene principios del conocimiento racional de las cosas (y no simplemente, como la lógica, principios de la forma del pensar en general, sin diferenciar los objetos). (Kant 2003: 115, Bxi).
En esta primera frase deja claras las dos partes en que se divide la filosofía: teórica y práctica. En la filosofía teórica, la facultad central es el entendimiento (facultad que permite emitir juicios gracias al material proporcionado por la sensibilidad) y legisla o rige con sus principios constitutivos a priori, que son las categorías y se asocia al concepto de naturaleza, por tanto de necesidad; mientras que la filosofía práctica o de la moral, legisla con la libertad. El conocimiento está sometido a la naturaleza y legisla a priori constantemente y constituye los objetos, pero vemos la realidad en las condiciones de espacio y tiempo que son intuiciones puras, necesarias para percibir. A estas condiciones las imponemos desde nuestras mentes y no hay forma de probar que existan anteriormente, es decir, existen antes en la mente del ser humano que en la experiencia, por eso se dice que son a priori y no aportan conocimiento, pues son estructurales o formales, aspecto que deja claro ya al comienzo de la sección ii, «Acerca del dominio de la filosofía en general», cuando indica que:
Los conceptos de la experiencia tienen terreno en la naturaleza en cuanto conjunto de todos los objetos de los sentidos, pero no un dominio, pues ciertamente generan legalmente, mas no son legisladores, sino que las reglas fundadas sobre ellos son empíricas y por tanto contingentes. (Kant 2003: 119, Bxvii).
También en esta sección cabe destacar la referencia de Kant entre el la naturaleza y la libertad, que califica de ‘abismo’:
Por mucho que se constate un insondable abismo entre el dominio del concepto de la naturaleza, como lo sensible, y el dominio del concepto de la libertad, como lo suprasensible, de tal modo que no sea posible tránsito alguno del primer dominio al segundo (por medio del uso teórico de la razón), tal como si fueran dos mundos totalmente distintos de los cuales el primero no puede tener ningún influjo sobre el segundo […]. (Kant 2003: 110, Bxix).
Naturaleza —sensible— y libertad —suprasensible— son dos formas de dar a entender la división existente entre una y otra, y dejar constancia de que no hay tránsito posible entre esos dos mundos, pero luego añade que:
[…] Tiene que haber un fundamento para la unidad entre lo suprasensible que se halla a la base de la naturaleza y lo que contiene de práctico el concepto de libertad […]. (Kant 2003: 121, Bxx).
Es decir, tiene que haber una unidad que sin duda cree necesitar para, mediante la finalidad, obtener una visión entera del universo.
Kant, en la sección iii, «De la Crítica del juicio como un medio para unir en un todo las dos partes de la filosofía», describe las facultades:
Todas las facultades o aptitudes del alma pueden reducirse a las tres que ya no cabe derivar ulteriormente a partir de un fundamento común: la facultad cognoscitiva, el sentimiento de pacer y displacer y la facultad desiderativa. (Kant 2003: 122-123, Bxxii).
La capacidad de un conocimiento teórico se refiere a la naturaleza, con respecto a la cual solo es posible dar leyes a través de conceptos a priori de la naturaleza (en cuanto  fenómeno), que propiamente son conceptos puros del entendimiento. La facultad de conocer, legislada por el entendimiento es propia de la Crítica de la razón pura. Por su parte, la segunda Crítica o Crítica de la razón práctica, se ocupa de la facultad de desear que está legislada por la razón y por el imperativo categórico; se trata de una facultad superior según el concepto de libertad. Kant reconoce otra facultad, el sentimiento de placer o dolor, que sitúa entre la de conocer y la de desear, lo que supone que entre las facultades cognoscitivas del entendimiento y la razón, interponga la del juicio que, presumiblemente, entraña también un principio a priori. Pero como el juicio y la facultad de desear están vinculados, el placer o el dolor promoverán un tránsito desde la facultad cognoscitiva, es decir, desde el dominio de los conceptos de naturaleza, hacia el dominio del concepto de libertad, de igual forma que «en uso lógico hace posible el tránsito desde el entendimiento hacia la razón». (Kant 2003: 124, Bxxv). La facultad de juzgar nos permite subsumir lo particular de lo general, por lo que esta facultad se ejerce cuando nos enfrentamos a una naturaleza fenoménica, pero también cuando nos enfrentamos a una del ámbito suprasensible.
En la sección iv, «Del juicio como una capacidad legisladora a priori», cabe destacar la diferencia que hace Kant entre el juicio determinante y el juicio reflexionante:
El juicio en general es la capacidad de pensar lo particular como contenido bajo lo universal. Si está dado lo universal, entonces el juicio, que subsume lo particular bajo lo universal […] es determinante. Si solo está dado lo particular, para lo cual el juicio debe buscar lo universal, entonces el discernimiento es tan solo reflexionante. (Kant 2003: 124, Bxxv).
La subsunción que propone Kant se obtiene a través de una regla objetiva formada por el intelecto sobre la base de la estructura trascendental del conocimiento, o, en su defecto, mediante un principio subjetivo que el sentimiento considera adecuado cuando la forma fenoménica colma sus exigencias. La diferencia la explica Givone: «un juicio es reflexionante cuando está limitado a consideraciones puramente formales que no tienen que ver con la constitución del objeto; es determinante porque hace que el objeto sea lo que es y, por consiguiente, lo constituye y determina» (Givone 1999: 39).
Kant dirá que no habríamos llegado a ver la teleología cuando esta actuaba en el campo del conocimiento, pero sí que se manifiesta claramente cuando las facultades se fijan con estructuras u obras de arte, porque ahí no hay ninguna necesidad de conocimiento. En este caso, lo que hacen las facultades es participar del libre juego de la imaginación y del entendimiento. Es decir, cuando vemos una obra, no estamos en modo conocimiento, por lo tanto nuestra imaginación puede volar libremente. Pero, con un sujeto que goza de ciertas facultades y se encuentra en el contexto de conocimiento, Kant dice que la facultad de juzgar realiza juicios determinantes y, cuando estamos en contextos de observar la obra de arte, lo que hace la facultad de juzgar es emitir juicios reflexionantes. Lo que implica que las facultades de todo ser humano participan en el libre juego cuando se contempla una obra de arte cuya estructura y forma despiertan estas facultades y proporcionen placer. De forma sinóptica, podríamos deducir que un juicio es determinante cuando se subsume el particular bajo el general dado, y es reflexionante cuando, dado un particular, no se da un concepto o regla general.
En la sección v, «El principio de la finalidad formal de la naturaleza es un principio trascendental del juicio», Kant deduce el ‘principio de finalidad’
Este concepto trascendental de una finalidad de la naturaleza no es ni un concepto de la naturaleza ni un concepto de la libertad, porque no añade nada al objeto, sino que solo representa el único modo relativo a cómo hemos de proceder en la reflexión sobre los objetos de la naturaleza a propósito de una experiencia coherente y, por consiguiente, representa un principio subjetivo del juicio; por eso nos alegramos (al zafarnos de una necesidad), como si fuese un azar favorable a nuestro propósito, meramente empíricas, aunque hayamos de admitir necesariamente que una unidad tal existe, pese a que no seamos capaces de comprenderla ni demostrarla. (Kant 2003: 130, Bxxxiv).
Este principio regula sobre los dos mundos, pues tanto ejerce de motor en la ciencia como en la moral. La finalidad se concreta en buscarle el sentido a la vida, a la existencia, pues en el ámbito de la naturaleza, entendida como fenómeno, también actúa el mecanicismo ya que, como nos sugiere Kant, nos da leyes pero la finalidad nos mueve a articularlas. Cómo se percibe la finalidad es una cuestión compleja ya que, por ejemplo, parece que las formas orgánicas se materialicen para una función determinada, pero ¿cuál? El universo puede que tenga una finalidad —Newton, con su mecanicismo puro, nos dio leyes, pero no nos habló de finalidad—, mientras, el ser humano, sigue preguntándose por la finalidad, lo que hace que la facultad del juicio, que siempre está subsumiendo particulares en generales, se accione y se mueva. El principio a priori de la finalidad es el que actúa de motor en la facultad del juicio, y esta, a su vea, actúa de motor en los campos de lo sensible o fenoménico y de lo suprasensible.
Como indica Kant en el texto, no es un concepto que pertenezca al entendimiento ni a la razón, ni a la facultad de conocer ni a la de desear, sino que pertenece a la facultad de sentir. Y, a continuación, añade que se trata del principio que nos permite buscar una experiencia general conexa, puesto que el juicio siempre está en movimiento y este deseo de discernir nunca es suficiente. Después de que Newton hubiera explicado la ley de la gravitación universal, el hombre quería saber por qué el mundo funcionaba de esta manera, es decir, siempre busca más explicaciones y, finalmente, la explicación de Newton será subsumida será subsumida por otra más general. Añade, a continuación, que «nos alegramos», por lo que parece plantear que la facultad del juicio es donde se origina la necesidad de la facultad de conocer y de la de desear, la necesidad de buscar siempre una explicación, que sería lo mismo que disponer de una ley general que subsuma otras leyes o proposiciones particulares.
Acaba el texto dándonos a entender que la facultad del juicio nos mueve a buscar una sistematización, una finalidad en la naturaleza y, siempre que damos un paso adelante en su conocimiento, estamos liberando una necesidad. Por eso la llamó finalidad trascendental y la consideró un a priori.
En la sección vi, «Del enlace del sentimiento de placer con el concepto de finalidad de la naturaleza», Kant nos habla del enlace entre la naturaleza y la libertad. Toda vez encontrado el principio a priori de la facultad del juicio, lo conecta a la facultad del sentimiento de placer y displacer.
El logro de cualquier propósito está ligado con el sentimiento de placer; y si la condición de dicho logro es una representación a priori, tal como lo es aquí un principio para el discernimiento reflexionante en general, el sentimiento de placer también se verá determinado por un fundamento a priori y válido para cada cual […]. (Kant 2003: 133, Bxxxix).
El sentimiento de placer y displacer al ser subsumido por la facultad del juicio —lo particular bajo lo general—, produce placer. En dicho sentimiento no se está en disposición de conocer, sino que se expresa simplemente una sensación positiva o negativa ante un objeto o acción, pero, al no ser una función cognoscitiva, no aporta nada al sujeto, sino que, como afirma en el «El juicio del gusto estético», el sentimiento estético refiere no al objeto sino al sujeto:
Para distinguir si algo es o no bello no referimos la representación mediante el entendimiento al objeto para obtener conocimiento, sino por medio de la imaginación al sujeto y a su sentimiento de placer o displacer. (Kant 2003: 151, B4).
De acuerdo con lo anterior, deberíamos preguntarnos en qué situaciones o ante qué objetos —ya sean artísticos o de la propia naturaleza— se hace patente el sentimiento de placer. La respuesta que sugiere Kant es que cuando los objetos tienen una forma que nos hace reflexionar y se activa la facultad del juicio, se acentúa el impulsor de búsqueda de una finalidad ya que, frente a formas orgánicas, nos place ver cómo está hecho el objeto y se activa automáticamente la imaginación y el sentimiento analizando la forma. Este tipo de experiencias pueden darse ante organismos naturales que no hayan sido explicados por el mecanicismo, o bien ante un objeto artístico de cualquier naturaleza; a partir de ese momento se activa el a priori de la facultad del juicio, que mueve a la facultad de conocer y a la de desear, es decir, ha encontrado una facultad y un fin a priori que conectan con las otras dos facultades, lo que cierra su sistema.
Toda vez que ha cerrado los juicios estéticos, abre una segunda parte para tratar los juicios teleológicos, a los que no haré referencia pues se escapan del temario, por tanto pasaré a la sección ix, «Del juicio como vínculo entre las leyes del entendimiento y la razón», que sería lo mismo que hablar del enlace de la legislación del entendimiento y de la razón por medio del juicio o discernimiento. El entendimiento, resume Kant, es legislador a priori para la naturaleza como objeto de los sentidos, y la razón es legisladora a priori para la libertad y su propia causalidad, como lo suprasensible del sujeto. Mientras que el concepto de libertad no determina nada con respecto al conocimiento teórico de la naturaleza; ni tampoco el concepto de naturaleza determina nada con respecto a la ley práctica de la libertad; y no es posible tender un puente de un dominio al otro. Este era el problema que se planteaba resolver Kant y, a fe que lo consigue, en cuyas palabras finales de esta sección lo explica definitivamente:
El concepto que formamos mediante el juicio de la finalidad de la naturaleza, pertenece también a los conceptos de la misma; pero solo, como principio regulador de la facultad de conocer, aunque el juicio estético que tengamos sobre ciertos objetos (de la naturaleza o del arte) y que dan ocasión a este concepto, sea un principio constitutivo, relativamente al sentimiento de placer o de pena. La espontaneidad en el ejercicio de las facultades de conocer, que produce este placer en virtud del acuerdo de las mismas, hace que este concepto pueda servir de lazo entre el dominio del concepto de la naturaleza y el concepto de libertad considerado en sus efectos, porque es lo que prepara al espíritu a recibir el sentimiento moral. (Kant 2003a: 26).







BIBLIOGRAFÍA

Givone, S. 1999. Historia de la estética. Tecnos. Madrid.
Kant, I. 2003. Crítica del juicio. Traducción y edición de R. Aramayo y Salvador Mas.
           Mínimo Tránsito. Madrid.
Kant, I. 2003a. Crítica del juicio. Traducción de A. García Moreno. Nueva Biblioteca
Filosófica. Edición digital de Biblioteca universal digital (proporcionada como material lectivo).


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